La conciliación en violencia intrafamiliar cuando no es delito y su Incidencia en los derechos de las partes.Quevedo

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Date
2015
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Publisher
Quevedo:UTEQ
Abstract
La violencia intrafamiliar es una realidad que no la podemos ignorar, ocurre en el país y fuera de sus fronteras, y en todos los estratos sociales. Con la presente investigación se ratificó que la violencia intrafamiliar existe en pleno siglo XXI pero también se pudo constatar que las partes involucradas pasado el momento de disgusto se arrepienten y quieren conciliar el problema, más la ley no se lo permite, porque es tan clara al determinar que el infractor debe ser juzgado. Debido a que en el país no se permite la conciliación en violencia intrafamiliar se confrontó esta realidad con la de países vecinos, teniendo como resultado que también protegen a las víctimas de violencia intrafamiliar y sancionan a sus agresores o infractores, pero que en cuestión del uso de los medios alternativos para solucionar este tipo de conflictos no existían avances. A través de las encuestas y entrevistas a abogados en el libre ejercicio, personas sancionadas por violencia intrafamiliar, Jueces de las Unidades de Violencia Intrafamiliar y otros, luego de la recolección de datos, la tabulación y el análisis de la información obtenida se concluyó, que la mayoría de personas sí están de acuerdo con que la violencia intrafamiliar es uno de los principales problemas que afecta a la sociedad, sin respetar edad, sexo o posición social, que a la par que se protege a la víctima de violencia doméstica se debe rehabilitar al agresor (a) a través de terapias psicológicas, que la falta de conciliación fomenta la desintegración familiar, se sustenta fehacientemente la propuesta planteada, esto es, la reforma de los artículos 641 y 642, numeral 9 del Código Orgánico Integral Penal, para el uso de la conciliación como medio alternativo para la solución de conflictos intrafamiliares, como paso previo a la contienda judicial, siempre que se trate de casos no reincidentes ni que constituyan delito
Description
Domestic violence is a reality that we cannot ignore, happening in the country and outside its borders, and in all social strata. With the present investigation it was confirmed that domestic violence exists in the XXI century but could also note that the parties spent the time disgusted repent and want to reconcile the problem, the law does not allow it, because it is so clear to determine that the offender should be tried. Because the country conciliation in family violence are not allowed this reality is confronted with that of neighboring countries, with the result that also protect victims of domestic violence and punish its perpetrators or offenders, but concerned the use alternative means of resolving such conflicts there were no developments. Through surveys and interviews with lawyers in the free exercise, people sentenced for domestic violence, Judges Units of domestic violence and other after data collection, tabulation and analysis of the information obtained it was concluded that Most people do agree with that family violence is one of the main problems affecting society without respect for age, sex or social position, which at the same time the victim of domestic violence should rehabilitate protected the aggressor (a) through psychological therapies, the lack of reconciliation encourages family disintegration, so the question is reliably supported proposal, namely the amendment of sections 641 and 642, paragraph 9 of the Code of Criminal Integral for the use of conciliation as an alternative means for solving family conflicts as a preliminary step to the legal battle, whenever you try not to repeat or that constitute crimes cases.
Keywords
Conciliación violencia intrafamiliar cuando no es delito, Incidencia en los derechos de las partes
Citation
Galarza Alvarado, Cruz Elizabeth. (2015).La conciliación en violencia intrafamiliar cuando no es delito y su Incidencia en los derechos de las partes.Quevedo.UTEQ.151p.